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Barbijos: usarlos y limpiarlos para que sean barreras efectivas contra el virus

No basta con usarlos, hay que hacerlo correctamente para que sea efectivo.- Para que cumplan su función protectora, deben interponerse como una barrera al virus a la boca, la nariz y el mentón.

La ministra de Salud de Sonia Martorano, había definido hace días que se ampliarían las circunstancias de utilización del barbijo social. El mismo gobernador, Omar Perotti, había adelantado que quienes no cumplan con la norma, se expondrán a sanciones monetarias.-

El nuevo decreto provincial insta a todos los habitantes del territorio santafesino a portar el elementos que debe cubrir nariz, boca y mentón en cualquier ámbito público. Sea abierto o cerrado. Incluso para las caminatas recreativas y los mínimos desplazamientos en la calle.-

Pero, no basta con usarlo, hay que hacerlo correctamente para que sea efectivo.- Para que cumplan su función protectora, deben interponerse como una barrera al virus a la boca, la nariz y el mentón.- Y otro dato clave: hay que lavarlos.-

Si repasamos comportamientos cotidianos, es muy grande el porcentaje de personas con uso del barbijo solo en la boca.- Tenemos que hacer una correcta utilización cubriendo mentón, nariz y boca.-

El secretario de Salud de Rosario Leonardo Caruana, haciendo hincapié en el uso de barbijo y su higiene, detalló: «Se recomienda si hay que tener puesto el barbijo muchas horas por cuestiones laborales, por ejemplo, tener algunos alternativos para cambiarlos. Lo ideal es sacárselo cada tanto, lavarlo con agua y jabón en lo posible; y colocarse uno nuevo«

Decreto provincial

El gobernador de la provincia Omar Perotti firmó un decreto el pasado 24 de julio mediante el cual establece y amplía los lugares y circunstancias en las cuales los santafesinos debemos usar el barbijo o tapabocas de manera obligatoria, medida que comenzó a regir en la provincia desde el pasado 15 de abril.-

Se estableció el uso obligatorio en:

* Transporte público de pasajeros: taxis, remises, colectivos

*Dependencias de atención pública

*Locales comerciales

*Peluquería, manicuría, cosmetología, podología

*Actividades religiosas

*Durante la práctica de actividades deportivas

*En los encuentros familiares y afectivos

*En bares y restoranes (ingresar, egresar y al circular), personal todo el tiempo

*Salidas recreativas

*Caminatas

*Actividades en parques y plazas

*En vehículos particulares deben de estar colocados cuando se los para para hacer el respectivo control

La norma aclara que quedan exentos de la obligatoriedad del uso de los elementos de protección los niños menores de cinco años de edad, al tiempo que, en el artículo 2, señala la obligatoriedad del uso de tapabocas “para las salidas breves para caminatas de esparcimiento, en beneficio de la salud y el bienestar psicofísico habilitadas; así como su portación con el mismo carácter en vehículos oficiales o privados para ser utilizados en ocasión de ser detenido en los controles de tránsito en la vía pública».

«La obligatoriedad dispuesta en los artículos precedentes y en las normas a las que se refiere en los fundamentos del presente decreto es independiente del cumplimiento de las medidas de higiene y prevención que impone la emergencia; y subsistirá mientras rija el «distanciamiento social, preventivo y obligatorio dispuesto por el Poder Ejecutivo Nacional (PEN), entre otras, para la Provincia de Santa Fe» añade el decreto.-

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