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Más restriciones en 14 departamentos de la provincia, incluyendo al San Martín

Se suspenden las actividades de clubes deportivos, gimnasios, espacios de fútbol 5, establecimientos afines y celebraciones religiosas en espacios cerrados; en departamentos del centro y sur de la provincia.-

El gobernador Omar Perotti junto a la ministra de Salud, Sonia Martorano, anunciaron pasadas las 11 de este sábado, las nuevas medidas respecto a las actividades en el marco de la modalidad de convivencia en pandemia para la provincia de Santa Fe.

Para Rosario y San Lorenzo la novedad más esperada fue el regreso a las clases presenciales, pero según indicaron, sólo se retomarán en el nivel inicial y en la escuela primaria. Mientras tanto, el nivel secundario y terciario sigue suspendido hasta previo aviso, en estos dos departamentos.-

 En el resto de la provincia se mantiene su funcionamiento como hasta ahora, en bimodalidad.-

Restricciones para el departamento San Martín

En el mensaje explicaron que para los 14 departamentos que están en alto riesgo sanitario se sumaron más restricciones, incluyendo al San Martín.-

Se suspenden las actividades de clubes deportivos, gimnasios, espacios de fútbol 5, establecimientos afines y celebraciones religiosas en espacios cerrados.-

Los departamentos en dónde se dictaron nuevas restricciones

El decreto oficial dispone que tanto en los departamentos:

San Martín, La Capital, Las Colonias, San Jerónimo, Castellanos, San Justo, San Cristóbal, Belgrano, Constitución, Caseros, General López, Iriondo, Rosario y San Lorenzo; desde este mismo sábado quedarán suspendidas las actividades en gimnasios, fútbol 5, clubes y afines, así como también los oficios religiosos a puertas cerradas. Las mismas estarán vigentes hasta el 21 de mayo próximo.

Sector gastronómico

Se determinó además para toda la provincia de Santa Fe que no se produzcan cambios a las restricciones ya impuestas para el sector gastronómico.-

En tanto, en lo que refiere el funcionamiento de locales gastronómicos hasta el 21 de mayo de 2021 inclusive (comprensivo de bares, restaurantes, heladerías, y otros autorizados a funcionar como tales, con concurrencia de comensales), deberán observar las siguientes disposiciones:

a) No podrán extender su actividad más allá de las veintitrés (23) horas en la totalidad del territorio provincial. No se permitirá el ingreso de personas a los locales para la permanencia en los mismos, a partir de las veintidós (22) horas.-

b) Las autoridades municipales y comunales deberán especificar en cada caso la cantidad de mesas que corresponda, a los fines de cumplir con el coeficiente máximo del treinta por ciento (30%) de ocupación de las superficies cerradas. Esta determinación deberá informarse al público en lugar visible en el ingreso, tanto en referencia a las superficies cerradas, como en relación a las mesas habilitadas al aire libre.-

c) La concurrencia simultánea de público asistente en los locales de los salones de eventos autorizados a funcionar como bares y restaurantes, no podrá exceder en ningún caso de cien (100) personas.

d) Durante la vigencia del horario de restricción a la circulación vehicular establecido en el Artículo 7º del presente decreto, los locales comprendidos en este artículo podrán funcionar en las modalidades de reparto a domicilio (también conocida como “delivery”) y de retiro (también denominada “take away”), siempre que esta última se realice en locales de cercanía de la clientela.

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