DestacadaEconomíaNoticiasPaís

Monotributo 2024: Cuáles son las nuevas escalas y cuotas a partir de enero

La Afip detalló la actualización de las escalas, que implican un incremento de 110,90% en las cuotas mensuales. 

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) informó este miércoles los nuevos valores de aportes y topes de las diferentes categorías del monotributo que regirán a partir del próximo 1 de enero.

La actualización de las escalas, anunciadas por el presidente Javier Milei previo a su asunción, implica un incremento de 110,90% en las cuotas.

De esta manera, los contribuyentes comprendidos en la categoría A con ingresos brutos de hasta $ 2.108.288,01 mensuales pagarán $ 12.128,39 por mes, y los de la categoría B, cuyo tope será de $ 3.133.941,63, deberán aportar cada mes $ 13.561,75.

Para los aportantes comprendidos en la categoría C el límite de ingresos fijado por la AFIP será de $ 4.387.518,23 y deberán aportar mensualmente $ 15.241,42.

En tanto, los nuevos topes de ingresos brutos para las categorías D y E serán de $ 5.449.094,55 y $ 6.416.528,72, respectivamente, con un aporte mensual de $ 19.066,46 y $ 24.526,43 en cada caso.

Por su parte, la categoría F tiene previsto un monto máximo de $ 8.020.661,11, ingresos por los que los contribuyentes incluidos en esa franja deberán aportar mensualmente $ 29.223,11.

La categoría G tendrá un tope de ingreso mensual de $ 9.624.793,31, por lo cual el organismo recaudador fijó un aporte mensual de $ 33.439,61.

Respecto de las categorías H e I, los nuevos topes serán de $ 11.916.410,77 y de $ 13.337.213,57, respectivamente, y el contribuyente deberá aportar $ 56.402,68 y $ 81.121,96 en cada caso.

Por último, los nuevos valores de aportes para las dos categorizaciones más altas del régimen quedaron fijados en $ 93.619,47 para la J y en $ 106,964,65 para la K, con un tope de ingresos de $ 15.285.088,45 y $ 16.957.969,16, de manera respectiva.

¿Cuándo hay que recategorizarse en el monotributo?

Para evaluar si corresponde una recategorización se debe tener en cuenta la actividad de los últimos 12 meses respecto a la facturación o alguno de los otros parámetros utilizados para el encasillamiento como la superficie afectada, los alquileres devengados anualmente o el consumo de energía eléctrica.

Si los parámetros analizados superan o son inferiores a los de la categoría vigente corresponde realizar la recategorización. Y el importe correspondiente a la nueva categoría se abonará al mes siguiente a la recategorización.

La recategorización se realiza del 1 al 20 de enero y en julio, siguiendo los pasos indicados en la guía “Recategorización de Monotributo” de la AFIP.

Si transcurrieron menos de 6 meses de la inscripción en el monotributo no corresponde hacer la recategorización. En tanto, aquellos monotributistas que mantengan la misma categoría no deberán efectuar ninguna acción.

Dejanos tu opinión en la caja de comentarios: