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Municipios y comunas de la provincia podrán autorizar la realización de obras privadas

Lo dispuso el Ministerio de Trabajo de Santa Fe para todo el territorio provincial, a excepción de los conglomerados de Rosario, Santa Fe y Rafaela

El Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de Santa Fe emitió una resolución en la que dispone que Municipios y Comunas podrán autorizar y fiscalizar obras privadas que movilicen a no más de cinco trabajadores.- Es importante señalar que la medida rige para todo el territorio provincial, a excepción de los conglomerados de Rosario, Santa Fe y Rafaela.

Los protocolos de prevención específicos tendrán que ser informados a las autoridades locales de acuerdo a la modalidad que adopte cada población, y la presentación de los mismos será de carácter obligatorio y de acuerdo a las “características propias y cantidad de trabajadores involucrados”.-

El gobernador de la provincia, Omar Perotti, ya lo había señalado: «Las obras pequeñas son actividades que pueden desarrollarse sin concentrar mucha gente en el desplazamiento, ya que muchos llegan al trabajo con su propia bicicleta o moto y manteniendo el distanciamiento.- Teniendo en cuenta que el sector de la construcción moviliza mucho la economía, sería importante que pueda reiniciarse la actividad».-

A su vez, intendentes y presidentes comunales podrán “solicitar la fiscalización conjunta” con la cartera laboral, y se recomienda como referencia general, adoptar el Protocolo de Higiene y Seguridad para la Industria de la Construcción que fue publicado de manera adjunta a la resolución.-

La autorización del Ministerio de Trabajo de la provincia, se enmarca en el decreto 408/20 del gobierno nacional que dispone que “los Gobiernos provinciales podrán decidir excepciones al cumplimiento del aislamiento social, preventivo y obligatorio, y a la prohibición de circular”, y al artículo 3 del DNU en el que “se establece que cada jurisdicción provincial deberá dictar las reglamentaciones necesarias para el desarrollo de las actividades y servicios exceptuados”.-

También se recuerda que los trabajadores del sector deberán tener el “Permiso de circulación: declaración jurada – Covid19” que puede descargarse desde la página web del gobierno de la provincia: www.santafe.gob.ar y completarse de forma manual.-

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